Este documento de orientación constituye un material útil de referencia para quienes deben cumplir los requisitos del RDUE, ya que explica en detalle diversas partes del texto legislativo y puede servir de guía tanto a operadores como a comerciantes. También puede orientar a las autoridades y a los organismos nacionales competentes y a los tribunales nacionales en el proceso de implementar e imponer la aplicación del RDUE.
Los temas tratados en este documento han sido debatidos y desarrollados junto con representantes designados de los Estados miembros. Cualquier tema adicional se podrá tratar cuando dispongamos de más experiencia en la aplicación del RDUE; en tal caso, este documento de orientación se adaptará según corresponda.
Este documento de orientación no tiene obligatoriedad jurídica; su único fin es proporcionar información sobre determinados aspectos del RDUE. No reemplaza, amplía ni modifica las disposiciones del RDUE, que es el documento que establece las obligaciones jurídicas respectivas. Este documento de orientación no debe considerarse de manera aislada; debe utilizarse junto con la legislación respectiva y no como referencia independiente.